Por fallo de TDDI, la Liga debe devolver puntos a Ferroviarios

El Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior de AFA resolvió hacer lugar al pedido del Club, que había sido sancionado por el HTP liguista por la supuesta mala inclusión de Sergio Landaburu y la consecuente quita de puntos del partido contra Racing. INFORME.

1°) Hacer lugar al Recurso de Apelación elevado por el Club Atlético Ferroviarios, y declarar la nulidad del fallo del Tribunal de Disciplina de la Liga Balcarceña de Fútbol, y todo lo obrado en consecuencia, por el cual le dio por perdido el partido disputado en fecha 10/04/2022 versus el club Racing, correspondiente al torneo de primera división y se sancionó al jugador Landaburu Sergio, con 6 fechas de suspensión (Arts. 7, 10, 32, 33 del R.T.P.).

 

Resolución final del Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior de AFA – 05/05/2022

 

FALLO. el TDDI exigió a La LBF anular la sanción a Ferroviarios. “El pase nunca existió”, afirmó López.

 

 

Mediante el asesoramiento letrado correspondiente, Ferroviarios apeló esta semana el fallo del Tribunal de Penas de la Liga Balcarceña, por el cual se le quitaron los puntos a raíz de una supuesta mala inclusión de un jugador, sumando además una importante sanción al futbolista y el pago de una multa impuesto por el Concejo Federal de AFA. En tal sentido, el Club cumplió con el pedido por el Concejo y exigió en carácter de recurrente que se declare nula la sanción. Atento a esto, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior de AFA hizo lugar y la Liga deberá dar marcha atrás con la sanción impuesta.

 

Paso a paso, el pedido, los hechos y las resoluciones, se volcaron a un extenso expediente donde todo se explica con detalles, términos jurídicos y citando cuestiones reglamentarias supuestamente incumplidas. En el escrito, la Liga también refuta las acciones del Club afirmando que “el Club Ferroviarios nunca presentó el respectivo pase del jugador al que hace mención” y que “es imposible pretender que ésta Liga deba probar que el “supuesto pase” no se presentó, puesto que es imposible probar algo que no existe y que no sucedió”. El argumento del Club pareció más sólido ante el Tribunal de la AFA:

 

“Nuestro delegado ante la Liga aseveró que el pase había sido presentado y solicitó se averigüe que sucedió: si el pase se extravió o se retiró de la carpeta”, dijo el Club. “El pedido del Presidente de nuestra Liga se realizó al Tribunal en forma verbal, sin realizar descargo a nuestra Institución ni presentar un libro donde se llevarán los pases que fueron entregados por los clubes antes del cierre del respectivo libro de pases para poder así saber a ciencia cierta si el pase entró o no a la Liga”, amplió el argumento, dando a entender que si no estaba en la secretaría era porque este no se había presentado.

 

NULIDAD. El TDDI falló a favor de la apelación presentada por Manuel Villalba (foto) y Jorge Guzmán.

 

Ferroviarios aseguró que “realizó el pedido de pase de Sergio Landaburu, (de Colegiales Sarmiento de la Liga Marplatense de Fútbol) como corresponde en tiempo y forma” y, que incluso, este fue pedido por el art 21 inc. B dado que el Club Colegiales no se encuentra compitiendo en esa división. Un día antes del inicio del torneo el Presidente de la LBF, Emiliano López, comunicó “de forma muy poco clara”, aseguró el Club, “un listado con todos los pases concedidos por las diferentes Ligas, aclarando en el último párrafo que todos los pedidos que se realizaron al club Colegiales habían sido autorizados”.

 

Confiado Ferroviarios de que todo estuvo encaminado, decidió preservar al jugador para la siguiente fecha, justamente contra Racing y donde el de la Estación se impuso por 1-0 con gol de Telechea y pase-gol de Landaburu. El lunes, y sin reclamo oficial del equipo perdedor, el Tribunal actuó tan solo “por el pedido verbal del Presidente de la Liga, sin dar cumplimiento a lo plasmado en el Art Nº 1 del reglamento de transgresiones y penas”, declaró el Club. Sin más prolegómenos, el Tribunal liguista dictó la sanción, invocando los artículos N° 107 y 152, que sancionan la inclusión de un jugador inhabilitado.

 

CASI FELIZ. Aunque el TDDI levantó la sanción a Landaburu, este aún sigue inhabilitado para jugar.

 

Jus ibi, el HTP sancionó también a Landaburu con 6 meses de inhabilitación, amparado en el Art N° 216, que castiga justamente al jugador que actúe en partido oficial sin estar reglamentariamente habilitado. Por todo lo expuesto Ferroviarios aseguró que “existe una manifiesta violación al derecho de defensa en juicio Art. N° 7, puesto que al club nunca se le corrió traslado de la denuncia por mala inclusión del jugador y con ello tampoco se le dio oportunidad alguna para ser escuchado o ejercer su defensa”. Atento a esto, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior resolvió hacer lugar al pedido del Club:

 

1°) Hacer lugar al Recurso de Apelación elevado por el Club Atlético Ferroviarios, y declarar la nulidad del fallo del Tribunal de Disciplina de la Liga Balcarceña de Fútbol, y todo lo obrado en consecuencia, por el cual le dio por perdido el partido disputado en fecha 10/04/2022 versus el club Racing, correspondiente al torneo de primera división y se sancionó al jugador Landaburu Sergio, con 6 fechas de suspensión (Arts. 7, 10, 32, 33 del R.T.P.).

 

2°) Reenviar estas actuaciones a la Liga Balcarceña de Fútbol, para que la misma las gire a su Tribunal de Disciplina, el que con distinta integración proceda a sustanciar el proceso, conforme a lo establecido en los artículos 5, 7, 10 del R.T.P., corrido traslado al club Ferroviarios de los cargos que se le atribuyen, permitido el libre ejercicio de su derecho de defensa.

 

3°) Disponer el Reintegro al Club Atlético Ferroviarios perteneciente a la Liga Balcarceña de Fútbol, del importe abonado en concepto de Derecho de Apelación (Art. 76 in fine del R.C.F.).

 

4°) Comuníquese, publíquese y archívese.

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